TÉRMINOS DE CONDICIONES PARA CONTRATAR LA COMPRAVENTA E INSTALACIÓN DE EQUIPOS BIOMÉDICOS Y ELEMENTOS DE DOTACIÓN DE APOYO CLÍNICO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ESE METROSALUD.
Los procesos de contratación en la ESE METROSALUD se rigen por las normas del derecho privado, por mandato expreso del articulo 195 numeral 6° de la ley 100 de 1993 y en especial la norma interna Acuerdo 455 de 2024 por medio del cual se expide el Estatuto de Contratación de la ESE Metrosalud y el artículo 16 Del Decreto 1876 de 1994, que establece además, que puede discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios.
De conformidad con lo establecido en dicho Estatuto de Contratación y teniendo en cuenta la cuantía a contratar, este proceso se rige por el:
“22.2 Selección directa con mínimo dos invitaciones. La ESE METROSALUD solicitará mínimo dos (2) propuestas, cuando vaya a celebrar contratos cuya cuantía sea superior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inferior o igual a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Parágrafo: En los procesos cuya cuantía sea superior a trescientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (300) se requerirá términos de condiciones”
PERSONAS QUE PUEDEN PARTICIPAR.
De la presente invitación sólo podrán participar las siguientes empresas:
ELECTROMEDICA Y EQUIPOS S.A.S
NIT: 900.585.549-6
ASISTIR BIOMEDICA S.A.S
NIT: 901.489.177-2
Además, por tratarse de una selección directa, cualquier propuesta presentada por un interesado distinto a los directamente invitados, será rechazada.